Esta normativa es muy importante, ya que busca proteger la salud de los consumidores al establecer los requisitos que deben cumplir los productos alimenticios y de bebidas no alcohólicas preenvasados que se comercializan en México.
La Segunda Fase de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 entrará en vigor el 1.º de octubre de 2023, por lo que es importante que las empresas se preparen para cumplir con los nuevos requisitos. A continuación, te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 en su Segunda Fase.
La NOM-051-SCFI/SSA1-2010 es una normativa que establece los requisitos que deben cumplir los productos alimenticios y de bebidas no alcohólicas preenvasados que se comercializan en México.
Esta normativa busca proteger la salud de los consumidores al establecer las especificaciones que deben cumplir el etiquetado de los productos alimenticios y bebidas no alcohólicas.
¿Qué deben hacer las empresas para cumplir con la Segunda Fase de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010?
Para cumplir con la Segunda Fase de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, las empresas deben revisar si siguen cumpliendo con los parámetros que marca la norma, en cuanto a los nutrimentos críticos añadidos y en su caso, realizar cambios en el etiquetado de sus productos.
Ya que los parámetros para el cálculo de los sellos, se vuelven más estrictos, por lo que en caso de aplicar, deberán incluir el nuevo etiquetado frontal que señale los productos que contengan excesos de azúcares añadidos, grasas saturadas, grasas trans y sodio.
¿Cuándo entra en vigor la Segunda Fase de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010?
La Segunda Fase de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 entrará en vigor el 1.º de octubre de 2023. A partir de esa fecha, todas las empresas que comercialicen alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, deberán cumplir con en etiquetado los nuevos requisitos establecidos en la normativa.
¿Por qué es importante que las empresas cumplan con la Segunda Fase de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010?
Es importante que las empresas cumplan con la Segunda Fase de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010. En primer lugar, el cumplimiento de la normativa es obligatorio y su incumplimiento puede acarrear multas y sanciones.
Además, el cumplimiento de la normativa es una forma de demostrar el compromiso de las empresas con la salud de los consumidores y de brindar información veraz y suficiente al consumidor para que pueda tener una mejor decisión de compra.
¿Cómo pueden las empresas actualizar las etiquetas de sus productos para cumplir con la Segunda Fase de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010?
Las empresas pueden actualizar las etiquetas de sus productos adquiriendo los servicios de una unidad de inspección de información comercial como QLStandard, que se encuentra acreditada por una entidad de acreditación y aprobada por la Secretaría de Economía.
Nosotros podemos ayudarte a dar cumplimiento a tus productos, ayudando la facilitación en la importación y la comercialización, evitando sanciones en la verificación por parte de las autoridades normalizadoras.
¿Cómo pueden las empresas garantizar que sus productos cumplan con los requisitos establecidos en la Segunda Fase de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010?
Para garantizar que sus productos cumplen con los requisitos establecidos en la Segunda Fase de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, la unidad de inspección en materia de Información comercial QLStandard, acreditada y aprobada por SE en dicha norma, puede otorgar una Constancia de conformidad o Dictamen de cumplimiento para productos nacionales o importados, según sea el caso.
Este documento avala que tu producto cumple con el etiquetado de acuerdo a la NOM-051-SCFI/SSA1-2010.
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